viernes, 15 de abril de 2011

RPJ: Comunidades originarias y campesinas de Bolivia conocen ámbitos territoriales en administración de justicia

Ideeleradio.- La Ley de Deslinde Jurisdiccional permite establecer de forma específica los ámbitos territoriales de Bolivia en que las comunidades indígenas originarias y campesinas pueden administrar justicia, sostuvo Jaime Álvarez Fortún, presidente de la Red Participación y Justicia (RPJ).

Fue al comentar el proyecto “Red Andina de Justicia de Paz y Comunitaria", que integran cinco instituciones de Venezuela, Colombia, Ecuador, Bolivia y Perú con el apoyo de la Unión Europea, que busca recoger y transmitir experiencias en materia de acceso a la justicia a favor de los sectores sociales de escasos recursos.

“Ley de Deslinde establece en qué ámbitos actúa la justicia ordinaria y la justicia originaria campesina. Por ejemplo, en el caso de la justicia originaria campesina se ha establecido de manera específica el alcance de su capacidad de jurisdicción en relación al ámbito territorial, solo actúa en el ámbito del territorio indígena originario”, expresó en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.

“Y en el ámbito personal solo tiene capacidad para actuar entre los miembros de la comunidad como lo establece la Ley del Deslinde, y con relación al tema material en los tipos de delitos que no interviene son básicamente: narcotráfico, corrupción, delitos contra el Estado, terrorismo, asesinato, violación y temas de agresiones sexuales graves”, acotó.

Indicó que Ley de Deslinde Jurisdiccional establece un mecanismo de coordinación entre la justicia ordinaria y la justicia originaria campesina, en el sentido de intercambiar información respecto a casos específicos.

Explicó que el sistema de justicia en Bolivia se divide en cuatro jurisdicciones: justicia ordinaria, justicia indígena originaria campesina, jurisdicciones especiales y jurisdicción agroambiental, con la misma jerarquía.

Álvarez Fortún dijo que la administración de justicia en comunidades originarias está relacionada a temas internos menores, como peleas entre ellos, robos, y otros casos propios a los usos y costumbres de cada pueblo indígena o comunidad campesina.

“Este es un tema que se basa en la justicia comunitaria en lo que son sus usos y costumbres, que se viene aplicando en distintas comunidades donde la justicia ordinaria ha tendido la capacidad de atender sus necesidades con relación a sus conflictos. Lo cual es un avance fundamental para fortalecer el tema de acceso en los lugares más alejados donde no se atendía adecuadamente la administración de justicia desde el propio Estado a través de la jurisdicción ordinaria, creo que es un gran avance en relación a este tema”, comentó.

“Posteriormente, todo este proceso ha ido caminando en su etapa de avance en relación a establecer lo que se ha denominado la ley del deslinde jurisdiccional y con esta última norma que se aprueba en el año 2010 se señala cuales son los ámbitos de la jurisdicción indígena originaria, jurisdicción originaria y los niveles de coordinación que debe haber en estas jurisdicciones”, comentó.